Compromís y PSPV solicitan informe jurídico previo a votar por el cambio de 'València' a 'Valencia/Valéncia' al considerarlo ilegal

Compromís y PSPV solicitan informe jurídico previo a votar por el cambio de 'València' a 'Valencia/Valéncia' al considerarlo ilegal

Compromís y PSPV han solicitado a la alcaldesa de València, María José Catalá, que solicite un informe jurídico sobre el cambio de la denominación oficial de la ciudad a 'Valencia/Valéncia' antes de someterlo al pleno. Consideran que esta modificación podría ser "ilegal" al no contar con el respaldo de la Acadèmia Valenciana de la Llengua (AVL), que es la entidad encargada de regular el valenciano. Los portavoces de ambos partidos, Joan Ribó y Sandra Gómez, han realizado una comparecencia conjunta para expresar su posición y contar con el apoyo de la mayoría de los ediles de sus respectivos grupos.

En consecuencia, han presentado un escrito en el que solicitan a la Alcaldía que solicite a la Asesoría Jurídica Municipal la emisión de un informe facultativo sobre la aprobación del cambio de denominación de la ciudad. Según el punto cuatro de la Comisión Informativa de Bienestar Social, Educación, Cultura y Deportes, se propone este cambio de denominación "de conformidad con las Normas del Puig, avaladas por la Real Academia de Cultura Valenciana, Lo Rat Penat y otras instituciones representativas de la cultura auténtica valenciana".

Por su parte, los grupos de la oposición consideran que este acuerdo va en contra del Estatut y de la ley de creación de la Acadèmia Valenciana de la Llengua, que establece que esta institución es la responsable de determinar la normativa oficial del valenciano y fijar las formas lingüísticamente correctas de la toponimia y onomástica oficial de la Comunitat Valenciana. Además, el artículo 41 del Estatut establece que es la AVL la entidad encargada de elaborar la normativa lingüística del valenciano.

Ante esta situación, se ha solicitado a la Asesoría Jurídica Municipal que emita un informe jurídico facultativo para determinar si el cambio de denominación de la ciudad a una forma "no normativa y antiestatutaria" contraviene estos preceptos. Esta petición se realiza como paso previo a la discusión y votación en el pleno.

En relación a la posibilidad de aceptar la doble denominación con el valenciano de la AVL, Joan Ribó ha declarado que las ciudades suelen tener un único nombre y que en este caso se trata simplemente de acentuar de un lado u otro o de no hacerlo. Según él, es un tema menor que no debería generar tanta polémica. Además, ha criticado la actitud de la alcaldesa, María José Catalá, por no tener en cuenta las normas claras establecidas por el Ayuntamiento, el Estatut y la AVL.

Por su parte, Sandra Gómez ha afirmado que antes de emitir su voto a favor de una resolución que considera ilegal, es necesario garantizar que se cumpla la ley y se asuman las responsabilidades correspondientes. También ha señalado la incoherencia del PP al aprobar nombres únicamente en gallego en otras ciudades de otras regiones, mientras que en València se plantea un cambio de nombre con un error ortográfico.

El acuerdo aprobado por PP y Vox hace referencia al procedimiento establecido en el Decreto 69/2017 para el cambio de nombre de la ciudad. Según este decreto, se establecen los criterios aplicables a la toponimia en el proceso de cambio de denominación de los municipios y otras entidades locales. Además, se indica que se procurará evitar la forma bilingüe y se priorizará la forma endónima del topónimo, es decir, la denominación valenciana. Asimismo, se establece que los municipios no pueden utilizar denominaciones no autorizadas por el órgano competente de la Generalitat.

El procedimiento consiste en la aprobación por mayoría absoluta en el pleno del municipio, seguido de la recopilación de informes técnicos que justifiquen el cambio propuesto. El expediente completo se remite al departamento del Consell competente en materia de Administración local, quien solicitará informes a la AVL y al Registro de Entidades Locales estatal. En caso de emitirse un informe desfavorable por parte de la AVL, se dará traslado a la entidad local interesada para que emita alegaciones. Finalmente, corresponderá al Consell resolver el procedimiento mediante decreto.

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C. Valenciana