24h Valencia.

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El Síndic inicia investigación sobre el Servicio de Atención e Información al Paciente de Sanidad.

El Síndic inicia investigación sobre el Servicio de Atención e Información al Paciente de Sanidad.

La Conselleria de Sanidad está siendo investigada por el Síndic de Greuges para verificar si ha adaptado su normativa con el objetivo de establecer límites máximos de acceso a la atención sanitaria programable.

VALÈNCIA, 24 Sep.

El Síndic de Greuges ha decidido abrir una investigación de oficio para supervisar el funcionamiento del Servicio de Atención e Información al Paciente (SAIP), unidad dependiente de la Conselleria de Sanidad encargada de brindar atención, información y asesoramiento a los ciudadanos del sistema sanitario público.

En este proceso de investigación se busca determinar si la administración ha implementado cambios en su normativa para establecer "tiempos máximos" de acceso a la atención médica programable, si se informa a los usuarios que presentan quejas sobre los tiempos de espera y las alternativas disponibles, los criterios utilizados por el personal del SAIP para distinguir entre quejas y reclamaciones, y las medidas para informar a la ciudadanía sobre qué opciones tienen en caso de discrepancias con la Sanidad.

De acuerdo con la Sindicatura, en el ámbito sanitario valenciano la Orden 6/2018 regula el procedimiento para presentar y tramitar sugerencias, quejas y agradecimientos en las instituciones sanitarias dependientes de la Conselleria de Sanidad. Sin embargo, las respuestas del SAIP que resultan en un proceso de queja no son susceptibles de recurso o reclamación ante ninguna administración u órgano judicial, según esta normativa.

Se ha detectado que en algunas quejas presentadas a la Conselleria de Sanidad no se informa a los usuarios sobre los tiempos máximos de espera, no se les ofrecen alternativas como ser derivados a otro centro médico, y no se les indican los recursos disponibles en caso de desacuerdo con la decisión o el tiempo de espera.

El Síndic ha advertido que el uso del término "queja" en lugar de "reclamación" puede llevar a confusiones en el proceso y privar a las personas de derechos esenciales, como recurrir decisiones o ser informados sobre los plazos máximos de los procedimientos. Asimismo, señala la importancia de distinguir correctamente entre quejas y reclamaciones.

Además, se destaca la necesidad de informar a los usuarios sobre las alternativas disponibles para expresar su disconformidad, como acudir a la Inspección General de Servicios de la Generalitat.

Ante estas irregularidades, el Síndic ha solicitado un informe a la Conselleria de Sanidad para aclarar si la Comunitat Valenciana ha adaptado sus normativas para establecer tiempos máximos de espera en la atención sanitaria programable, y para indicar si se informa a los usuarios sobre los tiempos de espera, las alternativas disponibles y los recursos en caso de desacuerdo. También se pide información sobre los criterios utilizados para diferenciar entre quejas y reclamaciones, y las acciones tomadas para informar a los ciudadanos sobre sus opciones en caso de discrepancia.