La Conselleria de Sanidad está siendo investigada por el Síndic de Greuges para verificar si ha adaptado su normativa con el objetivo de establecer límites máximos de acceso a la atención sanitaria programable.
VALÈNCIA, 24 Sep.
El Síndic de Greuges ha decidido abrir una investigación de oficio para supervisar el funcionamiento del Servicio de Atención e Información al Paciente (SAIP), unidad dependiente de la Conselleria de Sanidad encargada de brindar atención, información y asesoramiento a los ciudadanos del sistema sanitario público.
En este proceso de investigación se busca determinar si la administración ha implementado cambios en su normativa para establecer "tiempos máximos" de acceso a la atención médica programable, si se informa a los usuarios que presentan quejas sobre los tiempos de espera y las alternativas disponibles, los criterios utilizados por el personal del SAIP para distinguir entre quejas y reclamaciones, y las medidas para informar a la ciudadanía sobre qué opciones tienen en caso de discrepancias con la Sanidad.
De acuerdo con la Sindicatura, en el ámbito sanitario valenciano la Orden 6/2018 regula el procedimiento para presentar y tramitar sugerencias, quejas y agradecimientos en las instituciones sanitarias dependientes de la Conselleria de Sanidad. Sin embargo, las respuestas del SAIP que resultan en un proceso de queja no son susceptibles de recurso o reclamación ante ninguna administración u órgano judicial, según esta normativa.
Se ha detectado que en algunas quejas presentadas a la Conselleria de Sanidad no se informa a los usuarios sobre los tiempos máximos de espera, no se les ofrecen alternativas como ser derivados a otro centro médico, y no se les indican los recursos disponibles en caso de desacuerdo con la decisión o el tiempo de espera.
El Síndic ha advertido que el uso del término "queja" en lugar de "reclamación" puede llevar a confusiones en el proceso y privar a las personas de derechos esenciales, como recurrir decisiones o ser informados sobre los plazos máximos de los procedimientos. Asimismo, señala la importancia de distinguir correctamente entre quejas y reclamaciones.
Además, se destaca la necesidad de informar a los usuarios sobre las alternativas disponibles para expresar su disconformidad, como acudir a la Inspección General de Servicios de la Generalitat.
Ante estas irregularidades, el Síndic ha solicitado un informe a la Conselleria de Sanidad para aclarar si la Comunitat Valenciana ha adaptado sus normativas para establecer tiempos máximos de espera en la atención sanitaria programable, y para indicar si se informa a los usuarios sobre los tiempos de espera, las alternativas disponibles y los recursos en caso de desacuerdo. También se pide información sobre los criterios utilizados para diferenciar entre quejas y reclamaciones, y las acciones tomadas para informar a los ciudadanos sobre sus opciones en caso de discrepancia.
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