El Tribunal Constitucional acepta el recurso del Gobierno sobre la Ley de Costas de Valencia y suspende ciertos artículos.
VALENCIA, 25 de marzo.
El Tribunal Constitucional (TC) ha decidido tomar en consideración el recurso presentado por el Gobierno en contra de varios artículos de la Ley de Costas de la Comunidad Valenciana, de acuerdo con un anuncio realizado por la institución judicial.
El recurso se centra específicamente en el artículo 17 y la disposición final primera, los cuales se impugnan en relación con edificaciones residenciales, comerciales o actividades económicas tradicionales. El Ejecutivo argumenta que la normativa valenciana infringe la legislación estatal sobre costas, así como la disposición adicional cuarta de la Ley 3/2025, que se refiere a la protección y ordenación del litoral en la región.
Mediante la invocación del artículo 161.2 de la Constitución, el tribunal ha decidido suspender la aplicación de los artículos y disposiciones en cuestión. Esta suspensión comenzará a aplicarse desde la fecha en que se presentó el recurso, el 26 de febrero, afectando directamente a las partes implicadas, y desde el momento en que se publique la suspensión en el Boletín Oficial del Estado para el resto de los interesados.
En su argumento, el Gobierno afirma que las disposiciones objetadas podrían estar en conflicto con la normativa básica del Estado, citando específicamente los artículos 132, 149.1.1a y 149.1.23a de la Constitución, así como lo establecido en la disposición adicional undécima de la Ley 21/1988 sobre Costas.
Además, el Ejecutivo sostiene que estos preceptos violan principios fundamentales de la Constitución, como la separación de poderes, la reserva de jurisdicción y la prohibición de la arbitrariedad en la acción de los poderes públicos.