24h Valencia.

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El TSJCV respalda la iniciativa de la Generalitat para cancelar el proyecto del Nou Mestalla.

El TSJCV respalda la iniciativa de la Generalitat para cancelar el proyecto del Nou Mestalla.

En una decisión que marca un hito en el desarrollo urbanístico de la ciudad, la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ha rechazado los recursos presentados por el Valencia Club de Fútbol SAD contra las resoluciones de la Generalitat que rechazaban la prórroga y declaraban la caducidad anticipada de la Actuación Territorial Estratégica (ATE) que afectaba al antiguo y nuevo estadio de Mestalla.

Los magistrados han dictaminado en dos sentencias, comunicadas a las partes este viernes, que el club no cumplió con varias obligaciones en el plan urbanístico, aprobado por el Consell en 2015 y suscrito en un convenio con el club en abril de ese año. Uno de los incumplimientos fue la construcción de un hotel icónico en la Zona A 'Antiguo Mestalla' en un plazo específico.

La primera demanda del Valencia CF buscaba anular la resolución de la Conselleria de Economía Sostenible que rechazaba la reorganización y prórroga de las fases de la ATE. El tribunal ha confirmado la legalidad de esta resolución, argumentando que el club incumplió su obligación de construir el hotel mencionado en un plazo determinado.

Además, se constató el incumplimiento de otras obligaciones en la Fase II de la ATE, incluyendo la finalización de las obras del nuevo Mestalla. Los magistrados descartaron que estos incumplimientos se debieran a dilaciones o inactividad por parte del Ayuntamiento.

El segundo recurso, también desestimado, se refería a la declaración de la caducidad de la ATE. El tribunal rechazó la caducidad de los plazos y enfatizó nuevamente el incumplimiento del club en la construcción del hotel en la 'Zona A Antiguo Mestalla'.

En cuanto al Nuevo Mestalla en la fase 2 de la ATE, la Sala concluyó que el Ayuntamiento no aprobó el proyecto modificado presentado por el club debido a diversas deficiencias, incluyendo el incumplimiento de la capacidad de aforo acordada en el convenio. Los magistrados argumentaron que la falta de aprobación no se debió a inactividad municipal, sino a la inidoneidad de la propuesta y la falta de recursos financieros por parte del club.

Además, la sentencia mencionó la obligación del Valencia CF de construir un polideportivo municipal, a lo que el club afirmó que existía inactividad por parte del Consistorio y dificultades financieras debido a la pandemia de Covid-19. La Sala rechazó los argumentos presentados en ambos recursos y sostuvo que la negación de la prórroga y la declaración de caducidad de la ATE eran medidas proporcionadas y en interés general.

Las sentencias emitidas este viernes no son definitivas y se puede interponer recurso de casación ante el Tribunal Supremo o el TSJCV.