24h Valencia.

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Fiscalía rechaza cerrar el caso contra Salomé Pradas, quien lideraba el plan el 29O.

Fiscalía rechaza cerrar el caso contra Salomé Pradas, quien lideraba el plan el 29O.

VALÈNCIA, 24 de octubre.

La Fiscalía Provincial de Valencia ha mostrado su desacuerdo con la solicitud de sobreseimiento presentada por la defensa de Salomé Pradas, exconsellera de Interior de la Generalitat, en relación con su gestión durante la DANA (Depresión Aislada en Niveles Altos). Según el Ministerio Público, la responsabilidad de dirigir el plan ante esta emergencia recae sobre la investigada, dado que ocupaba el cargo de máxima autoridad en el área de protección civil y emergencias.

El informe, recibido por la magistrada del juzgado de Catarroja, solicita la denegación del recurso de apelación que la representación legal de Pradas había interpuesto. Dicho recurso cuestiona una decisión del 3 de octubre de 2025 que se opuso al archivo del caso, como ha informado el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV).

El texto del fiscal, al que ha tenido acceso Europa Press, proporciona una variedad de argumentos que contrarrestan las alegaciones presentadas por la defensa, añadiendo así sustento a los fundamentos legales ofrecidos por la jueza sobre la responsabilidad de Pradas respecto a los delitos de homicidio y lesiones, presuntamente cometidos por omisión.

El fiscal destaca que la situación de emergencia provocada por el Plan Especial ante el riesgo de inundaciones en la Comunitat Valenciana se activó el 29 de octubre de 2024, a primera hora de la mañana, cuando se declaró la situación 1 en la comarca de la Ribera Alta. Este anuncio se efectuó tras la activación de alertas meteorológicas que abarcaban distintos niveles según la gravedad de las lluvias en varias regiones de la Comunidad.

El informe detalla que se registraron intensas precipitaciones en el sur de Valencia, con previsiones alarmantes de acumulaciones significativas de agua en un corto período de tiempo, lo que hacía necesaria la activación de la emergencia en todo el litoral y partes del interior.

Más adelante, el fiscal especifica que a lo largo de ese mismo día, se emitieron múltiples alertas, comenzando con la emergencia 0 por el río Magro y culminando con la emergencia 2 en algunas áreas, reclasificando constantemente la situación según el impacto de las inundaciones.

Asimismo, se menciona que antes de las emergencias, se instauró una fase de preemergencia cuya finalidad era evaluar la gravedad de la crisis y organizar el seguimiento con los organismos implicados para obtener información precisa sobre los niveles de precipitación y el estado de los ríos.

Dentro de esos cometidos, se incluye la vigilancia de registros cruciales y la comunicación continua con los servicios de emergencias, asegurando que el estatus de riesgo fuese constantemente revisado para mantener la seguridad de la población.

La Fiscalía indica que el Centro de Coordinación de Emergencias (CCE) convocó a las autoridades pertinentes para evaluar la situación, enfatizando que, dado que no se había declarado un interés nacional, la responsabilidad de la gestión de la crisis recayó sobre Pradas como máxima autoridad en la conselleria correspondiente.

Entre las responsabilidades de gestión, se encontraba la de coordinar medidas de protección, asignar recursos y definir la comunicación de información a los medios y a la ciudadanía sobre la situación de emergencia.

El informe concluye que Pradas tenía la opción de consultar al comité de seguimiento del riesgo para obtener asistencia en su gestión de la emergencia, compuesto por expertos en diversos ámbitos que podrían proveer información y apoyo crucial durante la crisis.