Hombre condenado a dos años y medio de prisión por intentar secuestrar a un niño en un parque de Alicante.

Hombre condenado a dos años y medio de prisión por intentar secuestrar a un niño en un parque de Alicante.

La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Alicante ha emitido una sentencia que sustituye la condena de cárcel por la expulsión del país durante diez años. El condenado, un hombre acusado de intentar llevarse a un niño de siete años que jugaba en un parque de la ciudad, será expulsado del país en lugar de cumplir una pena de dos años y seis meses de prisión. El tribunal consideró al acusado responsable de un delito de detención ilegal en grado de tentativa.

La Fiscalía inicialmente solicitó una pena de tres años de cárcel para el acusado, un individuo proveniente de los países del este. Sin embargo, las partes llegaron a un acuerdo que estipuló también una orden de alejamiento de 300 metros respecto al menor. Esta medida implica que el acusado no podrá acercarse a su domicilio, lugar de estudios o cualquier otro lugar donde se encuentre el niño. Además, el acusado deberá indemnizar con 2.000 euros al representante legal del menor por el daño moral ocasionado.

Los hechos ocurrieron el 15 de junio de 2022, cuando según la acusación, el hombre se acercó al menor mientras jugaba con una peonza en un parque. Presuntamente, agarró al niño con sus brazos y emprendió una huida a la carrera. Varios familiares salieron en su persecución hasta que finalmente el acusado liberó al niño al verse acorralado por personas que le seguían.

En su defensa, el acusado admitió conocer los hechos por los que estaba siendo juzgado, pero afirmó que su intención no era llevarse al niño. Según su versión, lo levantó en un gesto de felicitación, ya que era el cumpleaños del menor y se encontraban en un parque público a plena luz del día. Además, aseguró que fue agredido por las personas presentes en el lugar.

El tribunal advirtió que, en caso de que el acusado regrese a España durante el periodo de expulsión impuesto, la pena inicialmente sustituida se ejecutará y deberá cumplir con su condena en prisión.

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C. Valenciana