VALÈNCIA, 11 de noviembre.
La Audiencia Provincial de Valencia ha tomado la decisión de permitir que el expresidente de la Generalitat Valenciana y exministro del PP, Eduardo Zaplana, permanezca en libertad provisional, a pesar de su condena por la trama de las ITV en el llamado caso Erial. El tribunal no ha encontrado motivos suficientes para considerar que haya un riesgo de fuga por parte del exdirigente.
Zaplana fue sentenciado a 10 años y cinco meses de cárcel en el marco de este caso, aunque su condena aún puede ser apelada ante el Tribunal Supremo. A pesar de esto, la Fiscalía Anticorrupción solicitó una audiencia para evaluar la necesidad de su ingreso en prisión hasta que el Alto Tribunal se pronuncie sobre el asunto.
La audiencia se llevó a cabo el pasado jueves, donde la Fiscalía argumentó la necesidad de encarcelar a Zaplana para prevenir un posible intento de fuga similar al de José María Tabares, quien fue condenado en el caso Ivex. Sin embargo, la defensa de Zaplana se opuso a esta solicitud, señalando que su cliente no tiene motivos para fugarse debido a su situación de salud y su arraigo familiar: "No hay ni el más mínimo indicio de riesgo. Tiene su casa, su familia, su medio de vida y la pensión que recibe en una cuenta. Todo lo tiene aquí, en España", afirmaron.
En la misma línea, el propio Zaplana expresó su intención de no escapar del país: "No está en mi ánimo fugarme", aseveró. Además, recordó que cualquier procedimiento legal en el que estuvo involucrado Tabares fue consecuencia de una querella que fue presentada por el gobierno de la Generalitat que él había presidido.
Finalmente, el tribunal ha permitido que Zaplana siga en libertad provisional, aunque ha determinado la imposición de ciertas medidas cautelares. Estas incluyen la retirada de su pasaporte, restricción para salir del país y la obligación de comparecer mensualmente ante un juez, según comunicó el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV).
La decisión del tribunal se basó en la falta de evidencias que sugieran una posible fuga, dado que hasta el momento Zaplana ha asistido a todas las audiencias y ha cumplido con todos los requerimientos de la justicia.
Durante la audiencia, un representante de la Fiscalía destacó que, tras la sentencia condenatoria, la situación legal de Zaplana se había vuelto más delicada. Afirmó que los delitos que se le imputan son graves y vinculados a la corrupción política en su ejercicio del cargo, lo que incrementa el riesgo de fuga. El ministerio público hizo hincapié en que Zaplana cuenta con recursos económicos que le permitirían intentar eludir la acción de la justicia.
En este contexto, se recalcó que la sentencia demuestra que Zaplana tiene acceso a activos e inversiones fuera de España que no han sido reportados a las autoridades, al tiempo que recordó el caso de Tabares, quien logró huir a Japón, donde España carece de un acuerdo de extradición.
Asimismo, la Fiscalía impugnó el informe médico presentado por la defensa en 2019, que argumentaba la falta de riesgo de fuga debido a problemas de salud. “Afortunadamente, Zaplana ha podido asistir al juicio sin inconvenientes y su salud no representa un riesgo que justifique su libertad”, replicó el fiscal.
La Fiscalía solicitó el ingreso en prisión, argumentando que la situación económica de Zaplana podría facilitar su fuga y que el acceso a atención médica podría llevarlo a esconderse en el extranjero, en caso de que se viera ante la posibilidad de cumplir una pena de diez años.
Por su parte, el abogado de Zaplana defendió la presunción de inocencia de su cliente, afirmando que hasta que exista una sentencia firme, no se puede acusar de manera justificada de la posibilidad de un intento de fuga. Resaltó que su cliente ha estado presente desde el inicio del proceso judicial, lo que evidencia su voluntad de someterse a la justicia y que no existe riesgo de ocultar pruebas. También argumentó que solicitar su ingreso en prisión por motivos de alarma social es anticonstitucional y que la condena actual, a pesar de ser seria, podría conllevar penas más leves si no se confirma en el Tribunal Supremo.
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