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"TSJ aprueba compensación de 100.000 euros a exgerente de FGV por el accidente de metro en las Corts"

En un reciente fallo, la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ha otorgado, en parte, el recurso presentado por Marisa Gracia, exgerente de Ferrocarrils de la Generalitat Valenciana (FGV). La corte ha decidido que Gracia tiene derecho a recibir una indemnización de 99.343 euros, como compensación por los daños y perjuicios causados por la investigación llevada a cabo por Les Corts Valencianes respecto al trágico accidente en la línea 1 de Metrovalencia, que resultó en la muerte de 43 personas en 2006.

El tribunal ha evaluado el recurso de Gracia en relación con un acuerdo previo de la Mesa de Les Corts, fechado el 27 de julio de 2021, que había desestimado su solicitud de responsabilidad patrimonial. En esta decisión, los magistrados han aplicado los criterios establecidos por el Tribunal Constitucional en una sentencia de 2018, que reconoció la vulneración del derecho al honor de un exdirector de recursos humanos de FGV, quien, al igual que Gracia, se vio afectado por las conclusiones de dicha investigación.

En un fallo anterior, correspondiente a julio de 2024 y que se volvió firme, el TSJCV había reconocido el derecho de aquel exdirectivo a recibir una indemnización de 10.000 euros. En el caso de Gracia, la Sala ha avalado parcialmente su recurso, aunque la indemnización solicitada era considerablemente mayor, superando los 218.000 euros. Los magistrados concluyeron que la exgerente había sufrido daños morales como resultado de unas "conclusiones extralimitativas" emitidas por la comisión parlamentaria que se formó en 2016, afectando gravemente su reputación.

A pesar de que la comisión atribuyó a Gracia una responsabilidad política relacionada con supuestos actos ilícitos tras el accidente, un tribunal penal la exoneró de cualquier responsabilidad penal en este contexto. El TSJCV argumenta que las acusaciones sobre conductas ilegales que exceden el ámbito de la investigación legislativa constituyen una violación del derecho al honor, un principio fundamental que debe ser resguardado en cualquier proceso administrativo o judicial.

Los magistrados aseguran que el razonamiento aplicado en el caso del exdirector de recursos humanos es aplicable a la situación de Gracia, reconociendo así la falta de proporcionalidad en las imputaciones que afectaron su honor. Sin embargo, la sala ha desestimado otras solicitudes de Gracia, argumentando que exceden sus prerrogativas, como la petición de invalidar formalmente las declaraciones realizadas en el dictamen de 2016.

Aún así, la sentencia contiene una disposición significativa: ordena la publicación del fallo en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana y en el boletín oficial de Les Corts, lo que podría permitir un nuevo escenario para la discusión pública sobre la responsabilidad y la justicia en este caso tan sensible.