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Condenan a año y medio de prisión al exvicepresidente de Les Corts por agresión sexual

Julio de España, expresidente de Les Corts, condenado a año y medio de prisión por agresión sexual. Compromís pide retirar su retrato del Palau.

Redacción automática · 24h Valencia 2 min de lectura

Un año y medio de prisión. Esa es la pena que la Audiencia Provincial de Alicante ha impuesto a Julio de España, expresidente de Les Corts Valencianes, por agredir sexualmente a una paciente durante una exploración en su consulta como médico especialista en aparato digestivo.

La sentencia no solo lo manda a prisión. También le impone dos años de libertad vigilada y cuatro años de inhabilitación para ejercer cualquier actividad, profesión u oficio que conlleve contacto regular y directo con menores de edad. Además, deberá indemnizar a la víctima con 12.000 euros y no podrá acercarse ni comunicarse con ella por ningún medio durante tres años.

No todo son condenas en el fallo. La Audiencia lo ha absuelto de otro delito de agresión sexual, en este caso contra una segunda mujer, y de dos delitos de trato degradante, al considerar que no quedaron debidamente acreditados durante el juicio, celebrado entre mayo y junio de este año.

Para la gente de a pie, el caso deja una idea clara: una condena penal puede llegar también a cargos públicos y a profesionales sanitarios, y la ley fija límites concretos para proteger a las víctimas. Las prohibiciones de acercamiento y la indemnización son medidas que afectan directamente a la vida de quien sufre este tipo de delitos.

Compromís, a través de su portavoz Joan Baldoví, ha pedido formalmente a la presidencia de Les Corts que retire del Palau dels Borja el retrato de De España, que ocupó la segunda autoridad de la Comunitat Valenciana entre 2003 y 2007. Según Compromís, la condena es motivo suficiente para esa retirada.

El siguiente paso lo marca la propia sentencia: puede ser recurrida en apelación ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV).

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